Por Laura Vilches para La Izquierda Diario

Este lunes 15 de mayo, comienza el juicio oral por la llamada “Causa Nora” en la cual se juzga a Eduardo Garzuzi por el delito de trata de personas para la explotación sexual por la joven Nora, así como por las amenazas su madre, Miriam Sabatino en el contexto de ese proceso de captación y explotación para una red de trata de personas.

Este lunes 15 de mayo, y luego de 3 años, desde aquel 5 de junio de 2020 en que se realizara la primera denuncia y Nora fuera rescatada, se llega a la instancia de debate oral con Garzuzi sentado en el banquillo de los acusados. En tanto, Eduardo Zanello, se encuentra procesado y detenido como partícipe de la red y su causa aún se encuentra en la etapa de instrucción penal preparatoria. Ambos imputados son miembros del Poder Judicial de la Provincia: Garzuzi era secretario de la policía judicial en uso de licencia al momento del rescate de Nora y de la detención de éste, mientras que Zanello, quien era vecino de la joven y habría sido su “entregador”, es un ex funcionario jubilado del mismo órgano judicial provincial.

Las audiencias comienzan este próximo lunes 15 mayo a las 9hs, en el segundo piso de Tribunales Federales, sala del Tribunal Oral Federal N° 1 a cargo de la Dra. Carolina Prado. El Fiscal de Instrucción de la causa, Carlos Casas Nóblega será el encargado de sostener la acusación, mientras que la querella será sostenida en nombre de Miriam Sabatino, madre de Nora, por el abogado Felipe Otero Berger (quien asume la querella en reemplazo de los primeros abogados querellantes, Natalia Bilbao Carmona y Claudio Orosz).

Uno de los aspectos significativos y que la vuelve emblemática, además de la presencia como imputado de un miembro del Poder Judicial de la provincia, es que a diferencia de muchas causas por trata, las víctimas no han podido ser rescatadas o sobrevivir. El accionar de la familia, amigos y el movimiento de mujeres y diversidades que actuó desde los primeros momentos de la denuncia, fue crucial.

Así, en esta primera audiencia está prevista la declaración de la joven Nora, al igual que Miriam Sabatino, madre y querellante en la causa, también citada como testigo clave para el inicio del juicio.
Las demás audiencias están previstas para el jueves 18, martes 23 y lunes 29 de mayo, con continuidad los días 1, 6 y 9 de junio del corriente año.

Si la causa ha llegado a esta instancia de juicio oral, ha sido por la tenacidad de familiares y amigos, su abogada y abogado querellante que en equipo con otros profesionales trabajaron en la recolección de pruebas, aporte de testigos, insistencia con los peritajes, etc. Fue central e imprescindible el acompañamiento desde el primer momento de las organizaciones de mujeres y la diversidad, sociales, artísticas, organismos de derechos humanos, y partidos políticos de izquierda: la asociación AMMAR, el CeProDH, el PTS y el Frente de Izquierda Unidad, la agrupación Akelarre, las Madres contra el Abuso Sexual Infantil, entre otras organizaciones que integran la Asamblea Ni Una Menos Córdoba la han sostenido como una de sus causas permanentemente. Sólo con la lucha de personas que están verdaderamente interesadas en que haya verdad y justicia para Nora es que hoy se desarrolla en Córdoba un juicio de la importancia de éste.

La Causa Nora

La Causa Nora, llamada así porque la joven era actriz y realizaba un papel con este nombre, el personaje de la obra Casa de Muñecas de Ibsen, se ha vuelto emblemática no sólo por el carácter de los hechos que serán juzgados con la particularidad de que la joven es una sobreviviente de las redes, sino porque los principales imputados pertenecen a un poder estatal sin el cual, las redes de trata para la explotación sexual no podrían funcionar con la expansión, profundidad y extensión con la que actúan.

Como han denunciado desde un primer momento las organizaciones de mujeres y la diversidad, la Causa Nora señala claramente la complicidad del poder judicial, político y policial con la que cuentan estas redes que configuran la pata local de un negocio ilegal que mueve millones de dólares a partir de la explotación sexual de mujeres, niñas y personas trans.

Según la Ley nacional n° 26842 de Prevención y Sanción de la Trata de Personas y Asistencia a sus Víctimas en su artículo 2, “se entiende por trata de personas el ofrecimiento, captación, el traslado, la recepción o acogida de personas con el fin de explotación, ya sea dentro del territorio nacional, como desde o hacia otros países”. Estas redes que implican el despliegue de tal diversidad de acciones no podrían funcionar sin el intrincado lazo de las mafias de tratantes con agentes del poder político, judicial y policial.

El acusado

El acusado en esta causa por la captación y explotación sexual de Nora es Eduardo Garzuzi, de 64 años quien bajo la apariencia de un vínculo romántico, habría sometido a la joven lima y destruido su autoestima y autonomía personal y la habría separado de sus vínculos afectivos y familiares. La modalidad de captación que fue desplazando al rapto liso y llano que se denunciara en la provincia como el predominante alrededor de los años 2009-2010, según lo que se pudo recopilar en la instrucción de la causa habría consistido en el aprovechamiento de la condición de vulnerabilidad previa de la joven que en ese momento tenía por haber sido víctima de violencia de género y encontrarse en un periodo de fragilidad en su salud por el consumo de sustancias adictivas que Garzuzi se encargaría de aumentar. Además, la situación de vulnerabilidad económica en la que se encontraba esta joven proveniente de una familia de la clase trabajadora, es parte del cuadro.

El acusado, habría llegado a la víctima por intermedio del otro imputado, Eduardo Zanello, vecino de la familia y de Nora, quien la conoce desde pequeña (siendo ella aún menor de edad) y que actuó como entregador de Nora a Garzuzi.
De esta manera, como ha denunciado su primera abogada, Natalia Bilbao Carmona, “la actuación de estos sujetos ha sido coordinada, pactada y premeditada, tal como lo señalábamos, implicando una organización que seguramente involucre a más personas configurando un delito complejo que involucra hechos y acciones concatenadas”.

El cuadro se completa con las amenazas realizadas por el propio Garzuzi a la madre de Nora, Miriam Sabatino, en momentos en que por diversas vías intentaban rescatar a Nora y llevarla nuevamente con su familia. Las amenazas consistieron en esgrimir su poder como un hombre con poder por ser miembro del Poder Judicial de la Provincia de Córdoba, así como una deslegitimación y búsqueda de estigmatización de la propia Nora frente a su familia, ejerciendo una violencia simbólica por su condición de mujer que buscaba responsabilizar tanto a Nora como a Miriam de la situación por la que ambas estaban atravesando.

Garzuzi llega a este juicio acusado por los delitos configurados en el artículo 2, incisos a, c y e de la Ley nacional 26842 de Prevención y Sanción de la trata de personas y asistencia a sus víctimas; esto es por reducir o mantener a una persona en condición de esclavitud o servidumbre, bajo cualquier forma o modalidad, por promover, facilitar o comercializar la prostitución ajena o cualquier otra oferta de servicios sexuales ajenos y forzar a una persona al matrimonio o a cualquier tipo de unión de hecho.

Además, se lo acusa de infracción del art 145 TER, incisos 1 y 7 el Código Penal según la misma Ley 26842, por “mediar engaño, fraude, violencia, amenaza o cualquier otro medio de coerción o intimidación, abuso de autoridad o de situación de vulnerabilidad, o concesión o recepción de pagos o beneficios para obtener el consentimiento de una persona que tenga autoridad sobre la víctima”, así como por ser el autor del delito, “funcionario público”, lo que cuantifica las penas entre 5 y 10 años de prisión.

El mismo artículo prevé en su segundo párrafo que “Cuando se lograra consumar la explotación de la víctima objeto del delito de trata de personas la pena será de ocho a doce años de prisión.”

La acusación se completa con el delito de amenazas previsto en el art. 149 bis del Código Penal el cual prevé “una pena de prisión de seis meses a dos años a quien hiciere uso de amenazas para alarmar o amedrentar a una o más personas. En este caso la pena será de uno a tres años de prisión si se emplearen armas o si las amenazas fueren anónimas.”

Una causa emblemática

El caso Nora, no por emblemático es único, ya que en la provincia, además de la causa que se tramita también en la Justicia Federal por la desaparición desde hace 14 años de Yamila Cuello, o la denuncia realizada hace apenas unos días por la familia de Nadia Abigail Rivero, cuya muerte, señalan, está vinculada a una red de trata para la explotación sexual. Además, en la provincia se cuentan las desapariciones de Delia Gerónimo Polijo, Jimena Natalí Arias, Silvia Gloria Gallardo, cuyo paradero aún sigue siendo desconocido. Muchas de estas causas, además, son del interior provincial y particularmente de Traslasierra.

A propósito, la abogada del CeProDH, Mara Beltrame, quien representa legalmente a Susana Balmaceda (madre de Nadia Rivero) señaló que “tanto en la causa Nadia como en la causa Nora, a cuya familia también hemos acompañado durante estos tres años como parte del movimiento de mujeres de la provincia, son causas muy significativas porque demuestran un modus operandi que se ha hecho común y es extendido en nuestra provincia, pegando un salto en la pandemia. No es casualidad que la mayoría de las víctimas sean de familias humildes de los sectores populares, que están en una situación de vulnerabilidad económica y social o emocional por historias de vida que incluyen violencia de género previa o desarraigo. Tanto en la causa Nora como en la causa Nadia, los tratantes simulan un vínculo amoroso que las vuelve emocionalmente dependientes cuando se configura en torno a los elementos que mencionaba antes. Por eso es tan perverso, y por eso la Justicia, que además arrastra prejuicios misóginos apenas si a veces logra encuadrarlos como delitos por violencia de género. En la mayoría de los casos, también como ocurre con ambas causas, los varones tratantes son adultos, 20 o 30 años mayores que ellas que son jóvenes, y poseen poder adquisitivo o un estatus social que les otorga poder, jerarquía e impunidad. En el caso Nora, un miembro del poder judicial de la provincia y lazos con el poder político; en la causa Nadia, un empresario de la papa en Traslasierra con estrechos lazos con el poder político del PJ local”.

Cifras de la trata

Según el informe global sobre tráfico de personas de Naciones Unidas, para el año 2022, alrededor de 10 millones de nuevas personas ingresaban a ser traficadas, tratadas, explotadas sexual y laboralmente en el mundo, aumentando los números globales a 50 millones de personas. De esa población, y particularmente en Latinoamérica y el Caribe (entre un 75 y 87%), la mayoría de las víctimas de trata son mujeres y niñas de las poblaciones con mayores niveles de vulnerabilidad económica y social, ya sea por integrar las enormes cifras de pobreza de la región o por su carácter de personas refugiadas y migrantes. La trata es el tercer negocio ilegal del mundo junto al tráfico de drogas y de armas.

Un delito complejo como la trata y de alcance internacional,requiere de la complicidad de quienes revisten funciones políticas en las aduanas, los funcionarios de migraciones y fronteras, personal judicial y policial de los diversos estamentos, así como policías camineras y agentes de los poderes provinciales.

Sólo la lucha del movimiento de mujeres y diversidades, el compromiso de abogadas y abogados con estas luchas, así como la movilización y acciones callejeras frente a la Justicia para que actúe en primer lugar, reconociendo que el delito de trata existía y no era una mera situación de violencia de género en el seno de una pareja. En segundo lugar, para que la causa tuviera celeridad, se realizaran diversas medidas de recolección así como de protección de la prueba; para que se contemplara la dimensión de red y organización delictiva que llevó a la imputación también del otro acusado, Eduardo Zanello fue también crucial la acción pública y que la causa se mantuviera rodeada de solidaridad. Finalmente, para que en el marco de este juicio oral los responsables sean condenados, será igual de fundamental el acompañamiento de las diversas organizaciones sociales, políticas, artísticas, de derechos humanos y toda la población que siguió atentamente la causa señalando que en Córdoba hay trata y que el Estado es responsable.

Fuente: La Izquierda Diario